Obligaciones alcanzadas

Se pueden incluir los siguientes conceptos:

  • Las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de diciembre de 2025, inclusive.
  • Las multas y demás sanciones por infracciones cometidas hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive.
  • Los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Obligaciones excluidas

Están excluidas del régimen las siguientes obligaciones:

  • Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
  • Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART).
  • Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
  • Las cotizaciones previsionales correspondientes a Monotributistas.
  • Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
  • Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
  • Los tributos y/o las multas por infracciones al Régimen de Equipaje (artículo 488 del Código Aduanero).
  • Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados bajo este régimen.
  • Los anticipos y pagos a cuenta, excepto anticipos vencidos hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, correspondientes a declaraciones juradas con vencimiento posterior a esa fecha y, de corresponder, sus accesorios no condonados.
  • Intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos excluidos precedentemente.