¿Cómo se debe pagar la remuneración?
Las remuneraciones se deben abonar mediante la acreditación en una cuenta sueldo abierta a nombre del trabajador en una entidad bancaria, excepto que el este último solicite el pago en efectivo, en cuyo caso el empleador debe proceder de dicha forma.
De tratarse de pagos en efectivo, las remuneraciones deben abonarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios.
Si el pago se realiza por medios electrónicos, el comprobante de la operación y su número de transacción constituyen la constancia del pago.
Si el pago se realiza en efectivo, el empleador deberá conservar el recibo electrónico impreso y firmado por el trabajador como constancia del pago.
¿Cuándo se debe pagar?
Personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil posterior al vencimiento de cada mes calendario.
Personal remunerado por día o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana, según lo convenido.
Horas extra
Cuando el personal preste servicios en horas extra se deberá abonar:
- Un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes.
- Un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.