Planta
La Resolución General Conjunta 5673 (SAGyP – ARCA) dispuso un nuevo procedimiento registral y de habilitación de las plantas de acopio y procesamiento y industrialización de granos y derivados granarios de los operadores.
El presente procedimiento alcanza a las solicitudes de alta, modificación y reactivación de plantas realizadas por los operadores a través de SISA, así como a la inhabilitación de las plantas y de los operadores, dispuestas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Las solicitudes que realicen los operadores a través del “Sistema de Información Simplificado Agrícola - SISA”, serán puestas a consideración de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, para su análisis y posterior aprobación y otorgamiento del número de planta, o rechazo, según corresponda.
El plazo máximo para la resolución de la solicitud será de 45 días corridos contados desde su interposición por parte del operador, pudiendo la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario requerir la documentación adicional que considere necesaria.
Migración de RUCA a SISA
Se realizó la migración a SISA de las plantas activas y vigentes en RUCA conservando su número. Aquellas actividades que no tenían planta (Por ejemplo, Exportador) no fueron migradas.
Los operadores sin planta deben contar con el alta en categoría SISA ya establecido por el Artículo 2 de la Resolución General Conjunta 4248/18 y sus modificatorias.
Les recordamos que los compradores de granos y/o derivados granarios para consumo propio no están obligados a declarar sus plantas en SISA por lo cual no están obligados a utilizar el “Registro Sistémico de Movimientos y Existencia de Granos” establecido por la RG 3593.
Asimismo, se les recuerda que dicha categoría fue eliminada por la Resolución 69/2024 de la ex Secretaría de Bioeconomía por lo cual no fueron migradas a SISA.
No obstante, estos operadores deberán contar con la categoría correspondiente declarada en el SISA, indicando expresamente que son compradores de granos y/o derivados granarios para consumo propio.